viernes, 16 de abril de 2010
REFERENCIA EN COMERCIO MUNDIAL
El Artículo XXIV del GATT, acuerdo base de la OMC, y el Artículo V del Acuerdo General sobre Comercio de Servicios dan lugar a la posibilidad de establecer ZONAS DE LIBRE COMERCIO como excepciones al Principio de Nación Más Favorecida que establece la normativa de la OMC.
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